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Orden nº 7 por la que se crea
la Orden de la Liberación
En nombre del Pueblo y del Imperio Francés,
Yo, el General de Gaulle,
Jefe de los Franceses Libres,
Considerando nuestra Orden nº 1 de 27 de octubre
de 1940, por la que se organizaban los poderes públicos durante la guerra y
se instituía un Consejo de Defensa del Imperio,
Considerando nuestra Orden nº 5 de 12 de noviembre
de 1940, por la que se determinan las condiciones en las que serán tomadas
las decisiones del Jefe de los Franceses Libres;
Ordeno:
Art. 1 - Se crea una Orden llamada "Orden
de la Liberación" cuyos miembros ostentarán el título
de "Compañeros de la Liberación"
Esta Orden está destinada a recompensar a las
personas o entidades militares y civiles que se
destaquen en la obra de la liberación de Francia
y de su Imperio.
Art. 2 - La insignia única de esta Orden es
la Cruz de la Liberación.
Art. 3 - La admisión en la Orden de la
Liberación será decretada por el Jefe de los Franceses Libres.
Art. 4 - Las modalidades de aplicación de
la presente Orden serán reguladas por decreto.
Art. 5 - La presente Orden será promulgada
en el Diario Oficial de la Francia Libre y, provisionalmente,
en el Diario Oficial del África Ecuatorial Francesa.
En Brazzaville el 16 de noviembre de 1940.
C. DE GAULLE
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